Los ingenieros técnicos industriales tendrán, dentro de su respectiva especialidad, las siguientes atribuciones:
- Dirigir obras e instalaciones conforme a un proyecto.
- Colaborar en la redacción de proyectos.
- Formular y redactar propuestas técnicas con plena eficacia jurídica.
- Se entenderá por propuesta técnica el conjunto de documentos en los que se detalle la instalación u obra a realizar.
- En el caso que una propuesta técnica comprenda diversos elementos industriales se aplicaran los límites expresados en el apartado anterior, salvo que, aunque el conjunto exceda de dichos limites, los diversos elementos sean independientes entre sí, no requieran unas instalaciones auxiliares o complementarias ni den lugar a un proceso o complejo industrial.
- Y, por el último, dirigir fábricas y talleres. Realizar valoraciones, informes, dictámenes y cálculos técnicos.
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