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Un profesional que trabaja por cuenta ajena, en una ingeniería u otro tipo de empresa, debe tener en cuenta que no es lo mismo la póliza de su empresa (que cubre fundamentalmente la persona jurídica, dando cobertura a los empleados en determinados casos), que la póliza colegial (que fundamentalmente cubre a la persona física, dando cobertura a la jurídica en determinados casos).
Es un caso similar a las pólizas de una Comunidad de Propietarios y la póliza de Hogar de cada uno de los pisos, hay partes que pueden cubrir las dos y hay partes que solo cubre una de ellas, pero nadie se plantea que haya duplicidad.

El que una empresa pretenda tener cubiertos sus riesgos por las pólizas de los profesionales que trabajan para ella y que los profesionales pretendan cubrir sus riesgos por las pólizas de su empresa es un error muy común que en muchos casos supone un precio muy alto para alguna de las partes.

 

Trabajo en una ingeniería que tiene un Seguro de Responsabilidad Civil, ¿De que sirve la Póliza del Colegio?

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